La obligación de todo empleador de llevar los libros que establece el artículo 52 de la ley de contrato de trabajo. La falta de virtualidad probatoria de los datos contenidos en el recibo de sueldo, referidos a fecha de ingreso.

Nota de Redacción

Autor:
Nota de Redacción
Título:
La obligación de todo empleador de llevar los libros que establece el artículo 52 de la ley de contrato de trabajo. La falta de virtualidad probatoria de los datos contenidos en el recibo de sueldo, referidos a fecha de ingreso.
Articulo de: 
Revista Jurídica Argentina La Ley / Número: (Revista (serie))
Año, vol. y nro.:
LL - 2002-C
Páginas:
pp.598

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