El único que puede disponer del pago en cuotas de una sentencia condenatoria es el titular del crédito reconocido

Favier, Daniela

Idioma:
Español
Autor:
Favier, Daniela
Autor secundario/Colaboradores:
Título:
El único que puede disponer del pago en cuotas de una sentencia condenatoria es el titular del crédito reconocido: comentario al art. 277 de la LCT con la modificación de la Ley 27802.
Temas:
 - DERECHO LABORAL 
Articulo de: 
Boletí­n diario - Rubinzal Culzoni / Número: 2026 (03-marzo) (Revista (serie))
Año, vol. y nro.:
2026(27 marzo)

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