Cosa juzgada. No puede sostenerse la posibilidad de que se dicten dos sentencias en las que los mismos hechos existan, o dejen de existir, para los órganos del Estado
Cosa juzgada. No puede sostenerse la posibilidad de que se dicten dos sentencias en las que los mismos hechos existan, o dejen de existir, para los órganos del Estado
Cosa juzgada. No puede sostenerse la posibilidad de que se dicten dos sentencias en las que los mismos hechos existan, o dejen de existir, para los órganos del Estado